RENUNCIA DE RESPONSABILIDAD : Las opiniones aquí expresadas pertenecen al autor y no reflejan necesariamente los puntos de vista del Departamento del Estado de los EEUU, el Programa Fulbright, la Comisión Fulbright de Colombia, el Instituto de Estudios Internacionales (IIE) o la Universidad de los Andes. Léase todo con comprensión. Atentamente, Gabriel-Josué Hurst

sábado, 8 de enero de 2011

Ciudadanía por sitio de nacimiento: nueva batalla en la controversia migratoria

Mientras paso la tarde "desparchado" me he detenido abruptamente a reflexionar en una sugerencia sensata que me brindó un profesor chileno cuando le tocó evaluar uno de mis ensayos que había escrito para un ramo de ciencias políticas en que estaba cursando en la Pontificia Universidad Católica de Chile. Valiéndose de un adagio que popularizó el connotado poeta chileno, Vicente Huidobro, me dijo sin ambages que "la palabra que no da vida, mata." 

A partir de ese encuentro iluminador, he caído en cuenta que el lenguaje hermético y rebuscado no es siempre el precio inevitable de la erudición. Puede esconder simplemente, en algunos casos, una incapacidad de comunicación elevada a la categoría de virtud intelectual. En el peor de los casos, puede dar a entender de forma no intencionada una supuesta pedantería y hasta inducir el desinterés de nuestros lectores en el tema que nos hemos propuesto a glosar. Lo que más le consternó al dicho profesor fue que el lenguaje en que me había expresado en la monografía terminó subvertiendo su contenido. Los ingentes esfuerzos que había hecho por dilucidar la importancia de reconceptualizar la educación como "un derecho" y no "una prebenda," fueron largamente apreciados, pero el lenguaje esotérico e inaccesible en que había plasmado estas líneas vició el propósito del ensayo y terminó confirmando que el conocimiento es un privilegio de las élites. 

Por ende, en este Año Nuevo me he propuesto escribir de manera más tersa en aras de una mayor comprensión. Reconozco que esfuerzos hercúleos serán requeridos de mi parte para reprimir mis proclividades a la grandilocuencia, pero es importante que suprima la ampulosidad y no siga generando la confusión generalizada en que han caído no pocos lectores míos en el pasado.


Bueno, al grano. Un artículo publicado por la BBC me tiene bien desconcertado por múltiples razones. El eje alrededor del cual revolvía el artículo era la ciudadanía concedida por nacimiento en un determinado país. Esta semana, legisladores conservadores de cinco estados presentaron en Washington una campaña a nivel nacional para intentar limitar ese derecho, que para ciertos sectores del Partido Republicano se está convirtiendo en uno de los puntos principales de su política migratoria. 

Seré el primero en reconocer que la cuestión de la nacionalidad por nacimiento, íntimamente relacionada con el derecho a la nacionalidad estadounidense de los hijos de inmigrantes ilegales, ha sido un tema largamente debatido no sólo en los EEUU sino también en varios países de Europa, muchos de los cuales tienden a ser más reacios que Washington a la hora de concender la ciudadanía a los que nacen dentro de sus jurisdicciones territoriales. 

Sin embargo, a mi parecer, este debate no es propio de un país que ha sido, desde su fundación, construido sobre los espinazos de inmigrantes, tantos voluntarios como involuntarios. La idea de que una pieza de legislación de estos alcances está siendo discutida en el Congreso me genera mucha preocupación y desconoce de la forma más flagrante nuestros orígenes como un "país de inmigrantes." Los comentarios de Daryl Metcalfe, representante del Estado de Pennsylvania, me resultan muy alarmantes: "Estamos aquí para lanzar un mensaje público al Congreso. Queremos acabar con la invasión ilegal de extranjeros que está teniendo un impacto negativo en nuestros estados", indicó él en declaraciones citadas por el diario New York Times.


El hecho de que nos regimos por la clásica norma del "ius soli," o "derecho de suelo" corrobora ese pasado repleto de los aportes de los inmigrantes que algunos pretenden ocultar. Esta norma establece que el recién nacido adopta la nacionalidad del lugar en que nace, independientemente del origen de sus padres. Bajo esta normatividad, la ciudadanía se concede sin miramientos al país o países de origen de donde provengan los padres.

En Argentina, por ejemplo, según la Ley de Nacionalidad nº 346, adoptada en 1869, pero todavía en vigor, "son argentinos todos los nacidos en el territorio de la República Argentina, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres".Textos legales similares rigen en Canadá, Chile, Uruguay, Estados Unidos y Venezuela, entre otros. Cabe señalar que los países americanos, en general, adoptaron este principio con el fin de estimular la inmigración. En aras de favorecer la inmigración y poblar territorios sumamente deshabitados para así volverlos productivos, se implementó el derecho de suelo, lo que contraviene el sistema europeo, en el que la nacionalidad viene otorgada por la sangre de los padres.

Paradójicamente, en muchos países de Europa no prevalece el derecho de suelo, sino el "ius sanguinis", derecho de sangre en latín. En Alemania, quizá el caso más emblemático de la aplicación del "ius sanguinis", hasta 2000, sólo los hijos de alemanes obtenían la nacionalidad alemana. Esta normatividad ha sufrido una leve modificación lo que permite que los hijos de los extranjeros adquieran la ciudadanía siempre que los padres hayan residido en el país de manera legal por más de ocho años o dispongan de un permiso de residencia permanente por más de tres años. El Reino Unido tiene implementado un sistema que matiza estas dos corrientes, pues si bien el país tradicionalmente ha aplicado el derecho de suelo, realizó una reforma en 1983, en virtud de la cual, para la adquisición de la nacionalidad por nacimiento, los padres extranjeros deben tener "residencia estable" en suelo británico.

No obstante, hay países que actúan más rígidamente en la concesión de la ciudadanía a los que nacen dentro de sus fronteras. Según el Código Civil, un niño nacido en territorio español de padres extranjeros será considerado español sólo si sus progenitores "carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo nacionalidad." En Francia la normativa es casi la misma, pues "el simple nacimiento en Francia no implica la atribución de la nacionalidad francesa más que a los niños nacidos de padres desconocidos, apátridas, o de padres extranjeros que no pueden transmitirle su nacionalidad." 

Lo que ha salido a relucir en este debate es la brecha mental que separa los países de emigración de los de inmigración. En las normativas que han adoptado tanto América como Europa se ven reflejados procesos de larga data que dan cuenta de una historia que, irónica y convenientemente, algunos desean encubrir. Si este sector ultraconservador del Partido Republicano lograse su cometido, Estados Unidos terminará pareciéndose más a Europa que al país que soñaron sus fundadores, ellos sí, inmigrantes. 

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